PENICHE BOLIO, FRANCISCO J.
"/nPara comprender mejor la distinción entre juicios enunciativos y juicios normativos, nos valdremos de dos ejemplos que, puestos frente a frente, revelan las diferencias que existen entre ellos y permiten apreciar las características de los juicios enunciativos y de los juicios normativos./n/n /n/nSi decimos ""el calor dilata los cuerpos"" y ""el arrendatario está obligado a satisfacer la renta en la forma y tiempo convenidos"", estamos pronunciando dos juicios; pero de naturaleza totalmente distinta. En el primero advertimos desde luego que se trata de un juicio que opera en la física y que nunca puede dejar de operar, contrariamente á lo que sucede con el segundo ejemplo, en el cual los destinatarios de la norma no son cosas sino indispensablemente personas, bien sean éstas físicas o morales./n"